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Protocolo para ferias no petfriendly

PROTOCOLO DE INGRESO Y PERMANENCIA DE ANIMALES A LAS FERIAS Y/O EVENTOS

Con el propósito de fomentar la accesibilidad y la inclusión de todos los participantes de nuestras ferias y eventos, en recintos de propiedad y/o administración de Corferias y su filial, en adelante conjuntamente Corferias, se implementan acciones más amigables con nuestras partes interesadas, con iniciativas de Responsabilidad Social Empresarial y aportando a los objetivos de desarrollo sostenible.

En el presente documento, se establecen los lineamientos respecto al ingreso de animales a las ferias y/o eventos, entendiéndose por estos los animales de compañía y/o animales de trabajo, de conformidad con el siguiente glosario:

Animal Doméstico o mascota: Animal que, mediante un proceso de miles de años, de cooperación y evolución mutua con el ser humano, fundamentado en la necesidad de comida, refugio y protección, adquiere patrones de comportamiento propios de una vida en comunidad humana, y que responde a rutinas de su cuidador (Instituto Distrital de Protección y Bienestar, 2020). Entiéndase por estos perros, gatos y los considerados no convencionales tales como aves ornamentales, hámster, conejos y peces principalmente.

Animales Silvestres: Conjunto de animales que no han sido objeto de domesticación, mejoramiento genético o cría, pertenecen a ecosistemas específicos, no requieren del humano para sobrevivir, son naturalmente agresivos y no han sido lo suficientemente investigados como para conocer todas sus enfermedades y poder establecer así medidas que prevengan su aparición y transmisión (Ley 2811 de 1974 y Sentencia C-283/14). Estos animales no podrán ingresar y/o permanecer en los recintos.

Animales de trabajo:[1] Hace referencia a las siguientes categorías:  

  • Animales de servicio: Para efectos del presente documento, se incluyen en esta categoría animales entrenados específicamente para realizar tareas en beneficio de personas con discapacidad, esta definición incluye los siguientes casos: (i) Perro guía de apoyo para personas con impedimentos visuales, (ii) Perro Oído el cual alerta a una persona sorda o con pérdida significativa de la audición; (iii) Perro de servicio psiquiátrico, entrenado para detectar el inicio de episodios psiquiátricos y aminorar sus efectos en personas con discapacidad; (iv) Perro de alerta médica que detecta y alerta sobre bajas de azúcar, epilepsia, cambios fisiológicos a nivel viral y epidemiológico; (v) Perro Señal social: Entrenado para ayudar personas con autismo, retraso mental, dislexia, habilidades sociales, fobias.
  • Animales de apoyo emocional: Animales domésticos que previa certificación de un profesional de la salud, brindan acompañamiento y apoyo psicológico a su tutor, sin que cuenten con un entrenamiento previo para el efecto.
  • Animales de seguridad: Perros y equinos que cumplen tareas de vigilancia y seguridad pública y/o privada y aquellos que utilizan en situaciones de búsqueda y rescate.

[1] POLÍTICA NACIONAL DE PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL, 2022. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Ferias y Eventos NO Petfriendly:

Corferias previo inicio de la feria y/o evento, publica en las páginas web y sus redes sociales, si las mismas son definidas como No petfriendly, permitiéndose únicamente el ingreso y permanencia de animales de trabajo cumpliendo lo siguiente:

  • Los animales de trabajo deben estar siempre acompañadas de su tenedor o la persona que lo requiera, durante el ingreso y permanencia dentro de los recintos.
  • Los animales de trabajo para el ingreso y permanencia en los recintos deben portar el arnés y chaleco distintivo que lo identifique como animal de trabajo en cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Capítulo 8, Artículo 2.2.7.8.2 del Decreto 1079 de 2015.
  • Los animales de trabajo deben portar el carné de vacunación, el cual debe estar al día.
  • El tenedor o persona que requiera el animal de trabajo deberá al momento de ingreso presentar la documentación que soporte el adiestramiento del animal. Para los animales de apoyo emocional se debe presentar certificación expedida por psicólogo o psiquiatra.

El carné que se expida la asociación autorizada debe contener:

1. La foto del ejemplar
2. El nombre y a la raza a que pertenece
3. Nombre e identificación, del usuario o propietario del animal
4. Fecha de expedición y expiración
5. Vigencia de las vacunas y centro de capacitación.

  • Corferias se reserva la facultad de restringir el acceso de animales de trabajo a algunas zonas de sus recintos en cumplimiento de la valoración del riesgo y las disposiciones normativas sanitarias y/o de seguridad.
  • En aquellas ferias que únicamente tengan exhibición de alimentos y bebidas, el tenedor del animal de trabajo deberá evitar el ingreso directo de dicho animal a stands con preparación de alimentos y/o bebidas o donde el riesgo sanitario sea mayor según criterio de la entidad competente.
  • Sumado a lo anterior, el tenedor del animal de trabajo que sea autorizado para ingresar a los recintos debe aceptar y cumplir con el protocolo Pet Friendly.

 

Organizan:

Patrocina:

Copatrocina:

Departamento invitado:

País Invitado de Honor:

Principal aliado institucional: